jueves, 10 de septiembre de 2015

DESTROZOS POR LLUVIA


Otro de los daños más frecuentes que provocan las tormentas son las inundaciones en bajos comerciales, trasteros y casas bajas, y desperfectos causados por filtraciones de la lluvia. En estos casos, el responsable de hacerse cargo de los gastos dependerá de donde proceda el agua. “Si entra de abajo hacia arriba, es decir, de la calle o la red de alcantarillado hacia los garajes, sótanos, etc. habrá que reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros”, explica Dionisio Babiano, director de siniestros de Axa España. “Si el agua entra de arriba hacia abajo,por tejados, azoteas, terrazas se ha de reclamar a la compañía aseguradora”.
El cliente puede pedir una indemnización por los perjuicios causados (si, por ejemplo, ha tenido que irse alojarse en un hotel varios días), el coste de la reparación de la vivienda y la reposición de los bienes que se hayan visto dañados. El importe máximo que cubrirá el seguro dependerá de la póliza contratada.
Hay que tener en cuenta que en el caso de los trasteros es habitual que no estén incluidos en el seguro que cubre la vivienda. En estos casos, es posible que la aseguradora de la comunidad de propietarios se haga cargo de los gastos.Si tienes dudas, consultanos.

Árboles caídos

La responsabilidad a la hora de pagar los daños ocasionados por la caída de árboles o elementos de edificios a causa de una tormenta dependerá del propietario de los mismos, pero normalmente la aseguradora se hará cargo de la gestión del siniestro. En caso de que un árbol situado en una acera se haya tronchado y al caer haya destrozado un coche, la compañía se responsabilizará de costear su reparación, salvo que tenga la cobertura mínima:el seguro a terceros. En esta situación, el propietario debería reclamar al Ayuntamiento.
Si el causante de los daños es un elemento de un edificio (una cornisa desprendida, o unas tejas), será la compañía de la comunidad de propietarios (o la aseguradora de la vivienda unifamiliar) quien cubrirá los gastos.
Pedir informacion.

No hay comentarios:

Publicar un comentario