El euríbor anual marcó, por primera vez, una tasa negativa del
-0,002% el pasado 5 de febrero. Con el euríbor a un año en tasas
negativas, hay dudas sobre cómo afectará a los hipotecados. Sobre todo,
la pregunta que se suscita de forma inmediata es si el banco tendrá que
pagar intereses a los titulares de préstamos hipotecarios.
Aunque es posible que el euríbor se sitúe de nuevo en valores negativos, hay que tener en cuenta que la referencia que se publica (y que se toma como índice de referencia oficial), suma la media mensual (no únicamente la tasa negativa o positiva de un solo día) y que a esta referencia se le tiene que sumar el diferencial que tenga cada hipoteca.
Por lo que, de momento, “no parece probable que pueda afectar, a corto plazo a la mayoría de hipotecas, salvo en lo que respecta a la cuota mensual que, lógicamente, será menor”, así lo explican analistas del comparador de hipotecas de Bankimia.
Para el banco “pagara” intereses a los hipotecados se tendría que dar
una situación bastante improbable y además, teniendo en cuenta el
contexto actual, se entraría en terreno desconocido…
¿Por qué? Sólo algunas hipotecas suscritas entre 2007 y 2009, en las que algunas entidades aplicaron al euríbor el diferencial más bajo del mercado (entre el 0,2% y el 0,3%),
“podría darse el caso de un tipo final negativo, en el caso de que el
euríbor hipotecario alcanzara un valor del -0,2%”, constatan desde
Bankimia.
Actualmente, la mayoría de hipotecas tienen un diferencial superior al 1%.
De hecho, la media de estos préstamos fue de euríbor +1,34% en el año
2015. Es decir, que para que se pudiera plantear la situación de que el
banco tenga que pagar intereses al titular de una hipoteca, la
tasa negativa que tendría que presentar el euríbor debería ser superior a
la suma de este valor negativo más el diferencial de cada hipoteca.
Por ejemplo, en una hipoteca con el euríbor más un diferencial del 1,50%, la tasa negativa debería ser del -1,51%.
Este mismo lunes, el presidente de la Asociación Española de Banca
(AEB), José María Roldán, advertía que la entrada en valores negativos
del euríbor en tasa diaria puede desembocar en una “contradicción” que supondría que la banca pagara por prestar dinero y cobrar por atraer productos.
Con todo, llegado el caso de que el interés de la hipoteca o tipo
final sea negativo, habrá que esperar y ver la interpretación que hace
la banca y la patronal bancaria, que podría ser que el mínimo interés
aplicable sea el 0% o bien descontar del capital pendiente del préstamo,
en cada cuota, la parte de intereses negativos, que no dejaría de ser
una forma de pagar intereses al titular de la hipoteca.
Se trataría de un escenario totalmente nuevo que no está regulado por
lo que lo más probable es que sea necesaria una aclaración jurídica y
que la última palabra la tengan los tribunales o incluso el propio Banco
Central Europeo.
Fuente: fotocasa.es

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